Plan Nacional de Acción en Derechos Humanos
Proceso participativo| Secretaría de Derechos Humanos
Derecho de identidad uruguayo del menor migrante en caso de que su familia sean ciudadanos
Derecho de identidad uruguayo del menor migrante en caso de que su familia sean ciudadanos
Eje 2: Inclusión, no discriminación e igualdad:
Niños, Niñas y adolecentes
Derechos de las personas migrantes, refugiados/as y apátridas
Actualmente los menores hijos/as de ciudadanos legales no tienen el derecho a la identidad uruguaya, aunque lleguen de muy chicos, solamente conocen al Uruguay como su país, cantan el himno como orientales, juran a la bandera. No tienen el derecho de ser iguales a sus compañeros/as en la escuela, la sociedad.
Para el menor nacido o descendiente de uruguayo, actualmente leyes 16023 y 19362 interpretan que la ciudadanía esta suspendida (art 80) y por lo tanto pueden ser nacionales uruguayos. Para el menor migrante, aunque complete los requisitos del Art 75 con sus familias, no hay una ley que interpreta que tiene ese derecho suspendido, pero podrá ser un nacional uruguayo. Nuestro país es muy inusual en discriminar contra el menor de esta forma, es usual poder tomar la nacionalidad con los padres.
Adicionalmente, el derecho a la identidad es un derecho universal que actualmente, por ley, no tenemos la herramienta de otorgar al menor migrante, aunque ya sean uruguayos de sentimiento y con familia con la ciudadania legal.
Propuesta: una ley que permita que los menores migrantes puedan acceder a la identidad de uruguayos/as antes de cumplir los 18 años, igual que los mayores en sus familias.
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