¿Qué Reglamento del Servicio de Radioaficionados queremos?
Consulta pública del Reglamento del Servicio de Radioaficionados|URSEC
Habilitar el segundo operador para menores de 6 a 15 años
En primera instancia permitiéndoles operar en las bandas de 2 y 40 metros.
En un periodo de tiempo razonable (un año) , disponer de la posibilidad de utilizar más bandas en las cual el titular de la licencia está habilitado, permitiéndole como máximo el uso de bandas otorgadas a categoría general
Al cumplir los 16 tener la posibilidad de ingresar a categoría general
Esto es opción para integrar a los niños al mundo de radio, como todo requiere algunos ajustes pero es una base para empezar
Javier Cabrera
CX2CAT
Esta propuesta ha sido rechazada porque:
Agradecemos la presentación de las propuestas. Por otra parte corresponde dejar constancia en esta instancia: a) que ni el Reglamento vigente ni el Proyecto de Reglamento motivo de la Consulta Pública, establecen limitación alguna en la edad para ingresar al Servicio de Radioaficionado; b)que ni el Reglamento vigente ni el Proyecto de Reglamento motivo de la Consulta Pública, establecen limitación alguna en la edad para acceder a cualquiera de las categorías de radioaficionados; c) que ,el concepto "operador de estación del Servicio de Radioaficionado" , tanto "primero" como "segundo" y "auxiliar", hace más de 25 (veinticinco) años que fue eliminado de la reglamentación aplicable a este Servicio, en tanto, alineado con el Tratado internacional, se define al radioaficionado; d) que actualmente hay menores de edad que ostentan permiso como radioaficionados. En este contexto se desestima la propuesta presentada. No obstante permanece a estudio en la Etapa 2 de la Consulta Pública, la posibilidad de coadyuvar a través de la reglamentación, en potenciar el interés en el Servicio, sin perjuicio de tenerse presente que el rol fundamental es de los propios interesados.
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