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Hacia una política de transporte accesible en Uruguay

En el marco de nuestro mandato establecido por el art. 18 de la ley 18.651 de estudiar, proyectar y aconsejar al Poder Ejecutivo y a los Gobiernos Departamentales todas las medidas necesarias para hacer efectiva la aplicación de dicha ley, la Comisión Honoraria de la Discapacidad de Maldonado estudió las brechas que existen hoy en día entre los artículos de la ley que refieren al transporte y lo que efectivamente se cumple. Desde la Comisión Honoraria de la Discapacidad de Maldonado creemos que Uruguay necesita una política nacional de transporte accesible para garantizar el derecho a la movilidad de las personas con discapacidad en todo el territorio. La accesibilidad es una precondición para poder ejercer a otros derechos humanos y la movilidad es un derecho humano imprescindible para el ejercicio de otros derechos. Ver la propuesta en el documento adjunto.

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