Saltar al contenido principal

Configuración de cookies

Utilizamos cookies para asegurar las funcionalidades básicas del sitio web y para mejorar tu experiencia en línea. Puedes configurar y aceptar el uso de las cookies, y modificar tus opciones de consentimiento en cualquier momento.

Esenciales

Preferencias

Analíticas y estadísticas

Marketing

Cambios en "Violencia Vicaria. La relación entre la Violencia de Género y el Maltrato Animal"

Título

  • +{"es"=>"Violencia Vicaria. La relación entre la Violencia de Género y el Maltrato Animal"}

Cuerpo

  • +["Desde la Comisión de Derechos de los Animales del Colegio de Abogados del Uruguay venimos trabajando desde 2024 en la interrelación existente entre la violencia basada en género y el maltrato animal.\n\nPara muchas mujeres, el vínculo con sus animales de compañía posee un valor afectivo significativo. En numerosas ocasiones, los agresores utilizan a los animales como un instrumento para degradar, manipular, amenazar o ejercer control sobre ellas. Estas conductas pueden encuadrar en lo previsto por el artículo 6 literal B de la Ley N.º 19.580, relativo a la violencia psicológica.\nAsimismo, a raíz de un pedido de acceso a la información pública (SIP 4905/2024), constatamos que el Ministerio de Desarrollo Social cuenta con cinco refugios para mujeres, pero ninguno admite el ingreso junto a sus animales de compañía. Esta situación puede retrasar o incluso impedir que muchas víctimas abandonen el hogar donde sufren violencia.\nPor ello, proponemos que se gestione al menos un refugio que permita el ingreso de mujeres junto a sus animales de compañía.\n\nPor otra parte, constatamos que en las entrevistas iniciales realizadas a las víctimas no se indaga acerca de posibles actos de violencia ejercidos por el agresor contra los animales del hogar, invisibilizando una realidad estrechamente vinculada a la violencia basada en género.\nEn consecuencia, consideramos necesario incorporar en dichas entrevistas un ítem específico sobre maltrato o amenazas hacia los animales convivientes. Asimismo, sería de gran utilidad incluir esta información en las estadísticas oficiales, a fin de otorgarle la visibilidad necesaria y generar evidencia que permita diseñar políticas públicas interdisciplinarias para abordar esta problemática.\n\nDe no tomarse estas medidas, el Estado estaría incumpliendo con el deber asumido tanto en instrumentos internacionales, como en la ley 19.580."]

Confirmar

Por favor, inicia la sesión

Compartir