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Muchas gracias por formar parte del proceso de cocreación del Sexto Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto. La propuesta no quedó integrada al Plan de Acción en esta instancia. De acuerdo a lo indicado por la Unidad de Defensa del Consumidor, si bien en lo referente al Art. 13 de la Ley 18.212, corresponde al alcance del Banco Central del Uruguay, sin perjuicio de ello, la Unidad coincide en la necesidad de generar un conjunto de acciones interinstitucionales para abordar la problemática planteada.
 
En lo que refiere a la competencia de la Unidad, y competencias subsidiarias, se trabajará en conjunto con los organismos competentes y organizaciones de la sociedad civil interesadas con el fin de generar herramientas que con el fin de poner a disposición de la ciudadanía información sobre: el mercado de créditos al consumo, abordar cuestiones relativas a la publicidad abusiva y engañosa, y contribuir a mejorar la transparencia del mercado.

Toda la información sobre el Plan de acción estará disponible en: https://www.gub.uy/gobierno-abierto

Ciudadanía Financiera

Avatar: IPRU IPRU

Una alto numero de personas en Uruguay padecen un endeudamiento excesivo. Esta problemática tiene raíces socioeconómicas estructurales que vulneran el ejercicio de los derechos humanos entre la población afectada. Entre los factores que desencadenan estas situaciones aparecen: falta de recursos para satisfacer las necesidades de los hogares, poca información sobre el mercado de créditos, publicidad abusiva o engañosa, escasas o nulas acciones de educación financiera por parte del Estado como de las instituciones otorgantes de créditos, y la existencia de oferentes de crédito que operan fuera del circuito formal en muchas ocasiones con prácticas extorsivas o violentas.
La Ley 18212 articulo 13, prevé la publicación comparativos de las tasas de interés implícitas y otros aspectos, que aportarían junto a otras acciones a mitigar en parte esta realidad.
BCU. MEF. Def. Consumidor. FCEA. Sociedad Civil. IPRU

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