¿Qué Reglamento del Servicio de Radioaficionados queremos?
Consulta pública del Reglamento del Servicio de Radioaficionados|URSEC
Habilitar el segundo operador para menores de 6 a 15 años
En primera instancia permitiéndoles operar en las bandas de 2 y 40 metros.
En un periodo de tiempo razonable (un año) , disponer de la posibilidad de utilizar más bandas en las cual el titular de la licencia está habilitado, permitiéndole como máximo el uso de bandas otorgadas a categoría general
Al cumplir los 16 tener la posibilidad de ingresar a categoría general
Esto es opción para integrar a los niños al mundo de radio, como todo requiere algunos ajustes pero es una base para empezar
Javier Cabrera
CX2CAT
Esta propuesta ha sido rechazada porque:
Agradecemos la presentación de las propuestas. Por otra parte corresponde dejar constancia en esta instancia: a) que ni el Reglamento vigente ni el Proyecto de Reglamento motivo de la Consulta Pública, establecen limitación alguna en la edad para ingresar al Servicio de Radioaficionado; b)que ni el Reglamento vigente ni el Proyecto de Reglamento motivo de la Consulta Pública, establecen limitación alguna en la edad para acceder a cualquiera de las categorías de radioaficionados; c) que ,el concepto "operador de estación del Servicio de Radioaficionado" , tanto "primero" como "segundo" y "auxiliar", hace más de 25 (veinticinco) años que fue eliminado de la reglamentación aplicable a este Servicio, en tanto, alineado con el Tratado internacional, se define al radioaficionado; d) que actualmente hay menores de edad que ostentan permiso como radioaficionados. En este contexto se desestima la propuesta presentada. No obstante permanece a estudio en la Etapa 2 de la Consulta Pública, la posibilidad de coadyuvar a través de la reglamentación, en potenciar el interés en el Servicio, sin perjuicio de tenerse presente que el rol fundamental es de los propios interesados.
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Estimado. Tú no encontraste nada sobre edad mínima en el Reglamento, ya que no existe esa edad mínima. Y de hecho ya ha habido menores de 6 años que han obtenido su permiso dando y aprobando el examen correspondiente (y alguno con 10 años o menos han llegado a ostentar la categoría Superior). El único requisito que existe está estipulado en el numeral 3.7 que concluye con "En caso que el aspirante sea menor de 18 (dieciocho) años la solicitud debe ser ratificada por padre, madre o tutor.". Saludos.
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