Consulta pública sobre norma de radioterapia
Consulta pública || ARNR-MIEM
Con fecha 31 de agosto de 2023 concluyó la etapa de consulta pública del proyecto de Norma UY 123 Radioterapia. En este proceso se presentaron 8 documentos de 9 instituciones o personas nacionales relacionados con la práctica de radioterapia. Por otro lado, se realizaron 5 reuniones para intercambiar opiniones y argumentos respecto del borrador de la norma y de las propuestas realizadas.
Las instituciones/personas que presentaron un documento en esta consulta fueron:
· Instituto Nacional del Cáncer – Centro Hospitalario Pereira Rossell
· Consultorio de Oncología y Radioterapia (COR)
· Centro de Oncología y Radioterapia del Litoral
· Centro Oncológico del Norte (Hospital de Tacuarembó)
· Físico Médico Gustavo Píriz
· Egresados de la licenciatura en Física Médica
· Unidad Académica de Radioterapia (Hospital de Clínicas Dr. Manuel Quintela)
· Decano de la Facultad de Medicina – Dr. Arturo Briva
Quienes solicitaron una reunión para consulta fueron:
· Decano de la Facultad de Medicina – Dr. Arturo Briva
· Centro Hospitalario Pereira Rossell
· Asociación de Tecnólogos en Radioterapia
· Escuela de Universitaria de Tecnologías Médicas (EUTM)
· Consejo de Facultad de Ciencias
Los 8 documentos presentados fueron individualmente respondidos y las respuestas fueron publicadas en la plataforma de consulta pública entre el 16 de junio y el 31 de agosto.
La ARNR reconoce el importante aporte de los documentos presentados para enriquecer el contenido de la norma y ajustarla a las condiciones particulares de Uruguay.
Como muestra del arduo trabajo realizado se analizaron 99 propuestas de cambio y se realizaron además 42 explicaciones sobre dudas u observaciones planteadas en los documentos.
El 65% de las propuestas de cambio fueron aceptadas reflejando la validez de la consulta pública realizada, que derivó en un fructífero intercambio.
Acerca de este proceso
Mediante este proceso, se busca establecer los requisitos mínimos de protección radiológica y seguridad física para la práctica de radioterapia incorporando los aportes de las diferentes personas interesadas, instituciones públicas y privadas que ejecutan la práctica de radioterapia, organizaciones profesionales y prestadores de servicio.
Esta norma es aplicable a las instalaciones, actividades y personas que están vinculadas a la práctica de radioterapia en todo el territorio nacional.
Incorporar este proceso de consulta pública en esta plataforma busca generar mayor transparencia y facilitar la participación de todas las partes interesadas.
¿Cómo participar de la consulta pública?
Cualquier persona, ya sea a título personal o en representación de la sociedad civil, academia, sector privado o de un organismo del Estado, pueden participar del proceso participativo.
Deben contar con Usuario gub.uy e iniciar sesión con usuario y contraseña correspondiente.
Acceder al modulo de "Propuestas"
Descripción de las fases de la consulta pública
- Fase 1: Preparación del borrador de la norma de radioterapia.
- Fase 2: Relevamiento de propuestas y entrevistas para atender dudas o sugerencias.
- Fase 3: Análisis y priorización de propuestas recibidas.
- Fase 4: Creación de la norma definitiva.
- Fase 5: Publicación y difusión de la norma.
¿Quiénes pueden participar?
Personas, instituciones públicas y privadas que ejecutan la práctica de radioterapia, organizaciones profesionales y prestadores de servicio.
El proceso de consulta pública no excluye a profesionales de la radioterapia (oncólogos radioterapeutas, físicos médicos, tecnólogos, etc.) que quieran expresar sus puntos de vista a título individual. De igual forma, las instituciones y personas que de alguna forma tengan interés en contribuir con comentarios son bienvenidos.
¿Qué se va a realizar con los aportes recibidos?
Los especialistas de la ARNR (Autoridad Reguladora Nacional en Radioprotección) analizarán todas las propuestas recibidas de cada una de las personas jurídicas o naturales que participen en esta convocatoria de consulta pública. Se incorporarán estas observaciones en forma total, parcial o no se incorporarán a la norma, de acuerdo a la evaluación detallada que se realice.
Como parte de esta consulta pública, también los funcionarios de la ARNR ofrecerán entrevistas para atender dudas o sugerencias de las instituciones involucradas, pero siempre deberán realizarse sobre la base de una solicitud de la institución interesada.
Antecedentes
Una de las funciones asignadas a la ARNR en la Ley Nº 17.930 de diciembre de 2005 es la elaboración, actualización y aprobación de las normas en el ámbito de la protección radiológica.
Desde el año 2018, la ARNR ha estado trabajando en la actualización de las normas aplicables a la práctica de radioterapia. Para ello, se han utilizado las normas de instituciones reguladoras de varios países, particularmente latinoamericanos, y se han utilizado las recomendaciones internacionales que ofrecen la colección de normas y documentos del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), valorando particularmente la realidad específica de Uruguay.
En este proceso la ARNR ha contado con el apoyo de expertos latinoamericanos del OIEA y de la Comisión Reguladora Nuclear (NRC) de Estados Unidos. Como resultado de todo este trabajo, se dispone actualmente de un borrador final de la norma “Norma de radioterapia” que se somete a consulta pública.
Dentro de las partes interesadas, hemos identificado un amplio grupo de instituciones públicas y privadas que ejecutan la práctica de radioterapia, organizaciones profesionales y prestadores de servicio a los que convocamos especialmente a brindar comentarios, propuestas de modificación o adiciones para enriquecer el borrador final que hacemos público y remitimos.
Esta modificación de las normas actuales incluye principalmente los siguientes puntos sobresalientes:
- Se incluyen requisitos para garantizar la protección radiológica de trabajadores, pacientes y público en todas las etapas y subetapas del proceso de radioterapia.
- Se definen con más precisión los requisitos de todas las fuentes radiactivas, equipos generadores de radiaciones ionizantes e instalaciones que son utilizadas en la realización de la práctica.
- Se considera una actualización de los requisitos operacionales.
- Se definen con más precisión los requisitos de capacitación del personal y las responsabilidades involucradas en la realización de la práctica de radioterapia.
- Se incluyen requisitos relativos al uso de nuevas técnicas y tecnologías aplicadas a la práctica de radioterapia.
- Se incluyen anexos que facilitan la interpretación de los diferentes artículos de la norma.
La ARNR entiende que algunos aspectos de la nueva norma pueden implicar la implementación de medidas administrativas y la adquisición de recursos materiales y humanos por los servicios de radioterapia que hoy operan en el país, y por este motivo concederá un periodo de 1 año, a partir de la fecha de aprobación de la norma, para que puedan ajustarse totalmente a los requisitos contenidos en la misma, partiendo de la autoevaluación que cada servicio debe hacerse al respecto.
Para los nuevos servicios de radioterapia que al momento de publicación de la norma no han obtenido la correspondiente licencia de operación, solo podrán obtener esta licencia si cumple todos los requisitos establecidos en la nueva norma.
Todas las autorizaciones individuales que estén vigentes al momento de ser aprobada la norma mantendrán su vigencia y alcance hasta tanto corresponda la renovación de las mismas según está establecido en la Guía de autorizaciones individuales. Al momento de efectuar la renovación antes mencionada se aplicarán los “requisitos relativos al personal” especificados en la nueva norma de radioterapia.
Todo el personal que al momento de la publicación de la norma no haya obtenido la autorización individual, solo podrá obtenerla si cumple con los “requisitos relativos al personal” especificados en la nueva norma.
La nueva norma de radioterapia incluye requisitos para todos los equipos y técnicas de teleterapia y braquiterapia que se realicen en el país. La aprobación de esta norma implica la derogación de las siguientes normas:
- UY 102 Uso de fuentes selladas en Braquiterapia.
- UY 103 Operación de aceleradores lineales de electrones para uso médico.
- UY 104 Operación de equipos de Telecobaltoterapia.
Contacto
Por consultas y dudar enviar corre electrónico: normaderadioterapia@miem.gub.uy
Propuestas Ver todas las propuestas (9)
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