¿Qué Reglamento del Servicio de Radioaficionados queremos?
Consulta pública del Reglamento del Servicio de Radioaficionados|URSEC
Radioafición menos burocrática
Permisos de radioaficionados vitalicios, sin tener que renovar.
Autogestión por parte de los radioclubes, si son habilitados para cursos y exámenes, control de espectro etc. que lo sean también para otorgar los permisos, iarp, confeccionar la guia etc.
Eliminar la sanción a quienes no den el examen de ascenso de inicial a general, posibilitando que quienes deseen quedar en esa categoría puedan hacerlo.
Ver archivo adjunto en .pdf "Propuesta de CX2AM"
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Conversación con Aldo Daniel Muñoz Faccioli
Hola, Gutavo. A mí de tu propuesta, lo que menos me queda claro es acerca de los Radio Clubes realizando "control de espectro" y con capacidad para "otorgar los permisos, iarp", Sinceramente no puedo entender cómo a través de una norma del nivel de un Reglamento de Radioaficionados (insisto estamos hablando de eso, una consulta por un Anteproyecto), que en definitiva sería de plasmarse una Resolución de URSEC, la Administración (la propia URSEC) puede "delegar o transferir funciones" que tiene encomendada por su ley de creación y otras normas. ¿Cómo puede hacer URSEC para que el Estado nacional, renuncie al dominio público que tiene del Espectro (decreto nº 114/2003, que define que el "espectro radioeléctrico constituye un recurso natural y limitado del dominio público del estado") y que cuyo control es de absoluta responsabilidad de la Unidad (Ley nº 17296 art 73º, y Ley de Urgente Consideración nº 19889, art. 259º)?
Y tampoco me queda claro, que validez tuviera un Permiso de Radioaficionado "otrogado" por una Radio Club u otra institución que no fuera URSEC. Y menos aún como una asociación civil uruguaya dedicada a la promoción de la radioafición o sea un Radio Club) puede "otorgar" el Permiso Internacional de Radio Aficionados (IARP) que se instituye por un acuerdo en la materia de la Organización de Estados Americanos.
Lo del "control del espectro" es algo que estando en Comisión Directiva del CRAM nos tocó sufrir cuando en aquel momento la DNC nos exigió controlar un problema que sucedía en la banda de 20 metros entre dos radioaficionados que se insultaban todas las mañanas y eran escuchados en la zona 30, al punto que un uruguayo que residía en Sidney VK2BOD envió una grabación. No hubo más remedio que informar que efectivamente existía ese problema entre dos colegas. El resultado fue que sancionaron a ambos con un "chas chas en la cola" suspendiéndolos durante unos pocos días, pero lo que en realidad ocurrió fue que nos hicimos de dos enemigos pesados que nos trajeron problemas posteriores a varios. Todo redundó en una Asamblea la cual decidió que no valía la pena ser RC Habilitado por el simple rótulo de serlo y a partir de ahí se renunció a la habilitación. Por lo tanto lo que intenté expresar es que el control lo tiene que hacer URSEC y no los radioclubes.
Con respecto a lo de que URSEC delegue su función es imposible, eso lo debería hacer el Estado Uruguayo mediante una ley o decreto. Y no te comas la cabeza pensando que es una locura porque si buscas como funciona la administración de la radioafición en Suecia o en Guatemala y en Kuwait entre otros podrás ver como todo es manejado por clubes...(obviamente bajo normas y mucha seriedad) Te puedo enviar documentación al respecto si no la consiguieras. Pienso que deberíamos dejar de pensar como aldea y plantear las ideas hacia lo que queda del siglo y esta puede ser una oportunidad disparadora de planteos que suenan utópicos pero que en un tiempo los veremos como posibles. Si lo pensas fríamente tal vez veas que no sería tan difícil de hacer, en una de esas podamos intercambiar personalmente al respecto un día.
Hola. Gustavo. Gracias, cuento con esas documentaciiones (Reglamentaciones nacionales de los países que mencionas), y también de otras que dicen todo lo contrario. Por lo que, salvo puntualmente, no creo que puedan extraerse preceptos de una u otra, sólo por el criterio selectivo de lo que uno le interesa probar, y menos aún sin analizar el contexto de cada una de las normas, e incluso en contexto de la propia norma (por aquello de "texto y contexto"). Y en cuanto a dejar de pensar como aldea, totalmente de acuerdo. Por eso sustento que este Servicio (el de Radioaficionados) no sólo debe regirse siguiendo por normal "criollas" o algo similar, si no en el contexto de las regulaciones ("recomendaciones") a nivel internacional.
Por lo que he visto, incluso en algunas de los comentarios que hay en este y otras propuestas, parece que hay personas que están molestas con que se recalque el tema, y no adviertan que en nuestro país las regulaciones internacionales en materia de telecomunicaciones es o que se llaman "derecho positivo y vigente" (Ley nº 16967, de 10 de junio de 1998, en que se aprueban las enmiendas a la constitución de UIT adoptadas en Gienebra en 1992 y Kyoto en 1994).
Y con todo el respeto que me merecés, tú y otros colegas que conozco algunos (como a ti) personalmente y otros que no, de los cuáles he seguido su trayectoria durante las últimas 5 décadas (yo empecé en radio en 1972), llamo la atención a la utilización de la terminología correcta, porque si no lo hacemos corremos el riesgo de no entendernos. Por ejemplo, en primera instancia, veo como se menciona una y otra vez cosa como "indicativo" (y peor aún "característica") cuando lo correcto es "distintivo de llamada", "licencia" cuando los correcto es "permiso" (el tema "licencias" se regula por el específicamente por el decreto nº 115/2003 que deja de lado al Servicio de Radioaficionados fuera, por que las mismas se otorgan a prestadores de servicios de telecomunicaciones que se brinda a terceros o al público en general), y otros, por lo que cuando tu pusiste "control del espectro" daba a entendimientos equivocados. Ahora comprendo lo que querés decir, y continúo más abajo al respecto.
Lo que tú decís, e incluso la anécdota que contas, no es "controlar el espectro", es participar en la vigilancia (palabra que suena fuerte, pero es la mejor) de las bandas del Servicio por parte de los radioaficionados, radio clubes u otras tipo de instituciones, en especial a lo que se llama "intrusos" (en inglés "intruder watchers"). La propia IARU tiene un sistema de esa naturaleza (en la Región 2, https://www.iaru-r2.org/espectro/sistema-de-monitoreo-iarums/) llamado "Sistema de monitoreo", que debería ser "gestionado" (difundido, auspiciado, apoyado, etc) a nivel local por las sociedades miembro de esa Unión. O sea, es una tarea que cualquiera de nosotros, personas físicas o instituciones puede realizar y de hecho realizamos.
Y volviendo a tu propuesta, lo que no me queda claro, es que está solicitando una potestad para los radio clubes, que no sólo ya cuenta si no que una de sus oblicaciones. En efecto, ya desde el reglamento de 1993 (en el cuál tú recordaste que con un colega en particular, y otro participaste en su redacción) en el literal c de su artículo 24º establecía como deber "colaborar con la Administración en sus cometidos de contralor y defensa del espectro radioeléctrico". Y en los Reglamentos posteriores (2003, 2017 y el vigente de 2018) y el Anteproyecto que se nos ha puesto en consulta en esta plataforma (7.2.a) establece "colaborar con la URSEC en la identificación de las esatciones que operen en bandas de frecuencias atribuidas al SERVICIO DE RADIOAFICIONADOS y actúen como fuentes de interferencias perjudiciales o realicen transmisiones que contravengan las disposiciones de este reglamento". O sea eso ya está totalmente consagrado, y se advierte con la simple lectura del texto provisto.
Y aún más, ya que tú cuentas la experiencia que vivió el Centro de Radio Aficionados Montevideo, puedo decirte que aunque es una tarea antipática completamente, me ha tocado hacer lo mismo en la institución que represento ante URSEC recientemente por ejemplo en agosto de 2016 y también agosto pero de 2018. Respetuosos saludos.
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